ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Fracción del Partido Acción Ciudadana
Comunicado de Prensa
Jueves 6 de diciembre de 2007
Proyecto de telecomunicaciones
Megamoción es un irrespeto descarado al resultado del referéndum
0. · Argumento de una “apertura temporal” de la telefonía fija es una completa falta de seriedad por parte del G38.
0. · Diputados del G38 están más preocupados por allanar el camino a las empresas extranjeras que por proteger a los usuarios costarricenses.
0. · PAC reitera que esta megamoción es un exceso más allá de lo definido por el TLC, y por lo tanto es un irrespeto hacia los costarricenses.
Apertura de telefonía fija
La megamoción del G38 al expediente 16398, Ley General de Telecomunicaciones, propone eliminar el artículo 31 del proyecto. Este artículo establece que: “(...) no podrán otorgarse concesiones o autorizaciones relacionadas con la operación de redes públicas de telecomunicaciones asociadas únicamente con la prestación del servicio telefónico básico tradicional. (...)”
Si se elimina este artículo, quedará con vigencia lo estipulado por el artículo 11 del proyecto, donde se establece que se abren totalmente las telecomunicaciones a la prestación de todo tipo de servicio. Esta disposición va más allá de lo que establece el TLC.
Rescate de las frecuencias
También en la megamoción, una modificación al artículo 10 obliga al Poder Ejecutivo a rescatar las frecuencias del espectro radioeléctrico del ICE, para darle las frecuencias comercialmente importantes a otros operadores. Con esto se va más allá del Tratado aprobado en el Referéndum ya que las cartas paralelas que piden esta acción, no forman parte del texto del TLC y tampoco fueron sometidas al conocimiento y aprobación de la población.
Apertura sin gradualidad
Como si fuera poco, la megamoción incluye un nuevo transitorio el cual a partir de la entrada en vigencia de la ley, otorga tres meses de plazo para que el Poder Ejecutivo gestione ante la SUTEL el inicio de los procedimientos correspondientes para el otorgamiento de las concesiones de las bandas de frecuencia de telefonía celular u otras bandas requeridas. El mismo texto del TLC estipula una apertura gradual, no obstante este proyecto renuncia a cualquier posibilidad de gradualidad en la apertura al poner inmediatamente al ICE a competir y obliga al Ejecutivo a ser “muy diligente” en su oferta a las trasnacionales de las telecomunicaciones.
¿Supervisión sin información?
Asimismo, la megamoción modifica el artículo 30 y el 53 del proyecto con lo cual niega a la SUTEL instrumentos básicos de control, como el acceso a la información de los regulados. Sin esta información necesaria ¿cómo podrá el órgano regulador ejercer sus funciones básicas de control de tarifas o prevenir un mercado oligopólico?
“Cuando se analiza el contenido de la megamoción, se comprende que los principales beneficiarios del proyecto tal y como está son las empresas transnacionales, y en ningún momento se protegen los intereses de los costarricenses. Decir que esta apertura es temporal es una completa falta de seriedad por parte del G38. Estos excesos frente al resultado del referéndum son una afrenta en contra de la ciudadanía” comentó la diputada del Partido Acción Ciudadana (PAC), Leda Zamora.
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…enviado por Colaborador-JMF.
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